Tabla Salarial Docente 2026
¿Cuánto gana un licenciado recién nombrado en 2026? La respuesta es $3.835.560 mensuales —incluyendo la bonificación del 0,4% que muchos docentes aún no conocen. En marzo, el Gobierno Nacional expidió tres decretos que ajustaron las asignaciones básicas de más de 320.000 docentes estatales, con efecto retroactivo desde el 1° de enero de 2026.
Tres normas explican el ajuste: el Decreto 0299, que fija el incremento del 7% (IPC 2025 del 5,1% + 1,9% adicional); el Decreto 0317, que suma una bonificación de nivelación salarial del 0,4% sobre la asignación básica; y el Decreto 0319, que actualiza la tabla de etnoeducadores. Las cifras en este artículo integran los tres valores.
Estatuto Docente · Dec. 0299 + Dec. 0317
Decreto Ley 1278 de 2002
Grado 1: el salario de inicio para normalistas y tecnólogos
El Grado 1 agrupa a quienes ingresan al servicio con título de normalista superior o tecnólogo en educación. Con el ajuste del 7%, el nivel A —base para quienes están en período de prueba— pasa de $2.837.573 a $3.036.203. Más la bonificación del 0,4%, el ingreso total queda en $3.047.554.
Grado 2 sin posgrado y con especialización: cuánto vale ese título adicional
El Grado 2 es el más amplio del escalafón 1278: cobija a licenciados y profesionales no licenciados. El posgrado sí mueve el salario. Un docente en nivel A sin especialización recibe $3.835.560, mientras que el mismo nivel con especialización llega a $4.168.991 —una diferencia de $333.431 mensuales por el mismo cargo y jornada.
Grado 2 con maestría o doctorado: la brecha que justifica el posgrado
La maestría en un área afín amplía el salario de Grado 2 hasta $4.410.891 en nivel A. Un doctorado en ese mismo nivel llega a $4.986.223. La diferencia entre el nivel D con doctorado y el nivel A sin posgrado supera los $5,2 millones mensuales.
Importante: El título de especialización, maestría o doctorado del Grado 2 debe corresponder a un área afín a la formación de pregrado o al área de desempeño docente (Parágrafo 2, Art. 1, Decreto 0299).
Grado 3: el techo salarial del Decreto 1278
Para acceder al Grado 3, el docente debe tener título de licenciado o profesional más maestría o doctorado en su área. Es el nivel mejor remunerado del nuevo estatuto: en nivel D con doctorado, el ingreso total asciende a $14.490.956 mensuales.
Estatuto Docente · Dec. 0299 + Dec. 0317
Decreto Ley 2277 de 1979
El Decreto 2277 es un estatuto cerrado —no admite nuevos ingresos desde 2002— pero aún cobija a una proporción significativa del magisterio colombiano. Estos docentes también reciben el retroactivo de enero a marzo de 2026. La tabla muestra la asignación máxima por grado del Escalafón Nacional Docente:
Estatuto Docente · Dec. 0319 + Dec. 0317
Etnoeducadores
Los etnoeducadores tienen una tabla propia, fijada por el Decreto 0319 de 2026, que se complementa con la bonificación del Decreto 0317. El nivel de ingreso varía según el título académico, no por grado o nivel del escalafón 1278:
Directivos docentes: el porcentaje que se suma a tu asignación base
Los directivos no tienen una tabla independiente. Reciben su asignación básica como docentes más un porcentaje adicional según el tipo de institución que dirigen (Art. 11, Decreto 0299):
- Rector de Escuela Normal Superior: 35%
- Rector de IE con preescolar, básica y media completos: 30%
- Rector de IE con preescolar y básica completa: 25%
- Rector de IE con solo educación media completa: 30%
- Coordinador de IE: 20%
- Director de centro educativo rural: 10%
Prima de alimentación y auxilio de movilización
- Prima de alimentación (Art. 16, Dec. 0299): $105.857 mensuales para docentes con asignación básica de hasta $3.223.757.
- Auxilio de movilización (Art. 9, Dec. 0299): $60.381 mensuales para docentes en zonas rurales de difícil acceso o en departamentos del Art. 309 de la Constitución, durante los meses de labor académica.
Período de prueba en 2026: ni un peso menos de lo que te corresponde
Los docentes nombrados mediante el Concurso de Ingreso 2026 recibirán durante el período de prueba el nivel salarial A del grado correspondiente a su título (Parágrafo 4, Art. 1, Decreto 0299). Estas son las cifras exactas desde el primer día:
- Normalista Superior o Tecnólogo → $3.047.554
- Licenciado o Profesional sin especialización → $3.835.560
- Licenciado o Profesional con especialización → $4.168.991
- Licenciado o Profesional con maestría → $4.410.891
- Licenciado o Profesional con doctorado → $4.986.223
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